¿Qué hacer si el arrendador no recibe el inmueble?

devolucion-de-inmueble

Lo principal que se debe tener en cuenta al momento de arrendar son los inconvenientes que pueden surgir en la relación entre el arrendador y arrendatario. Si no se posee buena comunicación y responsabilidad todo será contraproducente en vez de ser lo contrario.

Si bien, cuando se toma dicha decisión tanto el dueño como el inquilino tienen que tener en claro muchos aspectos, tanto legales como morales y éticos. Se recomienda elegir muy bien, acorde a los gustos, costumbres e ingresos financieros.

Muchos inquilinos tienden a ser irresponsables, obstaculizando e incumpliendo el contrato de arrendamiento que en algún momento se llegó a firmar. Poseen la costumbre de no realizar sus obligaciones tal como no pagar a tiempo el canon mensual de arriendo o dejando en mal estado el inmueble. Es por ello que ante esta, y muchas situaciones, los arrendadores deciden no recibir su propia vivienda hasta encontrar una solución adecuada al problema.

¿Qué se puede hacer cuando el arrendador no recibe la propiedad?

Generalmente esta situación prevalece cuando los contratos llegan a su fin y no existe ni renovación, ni prórroga, pues al momento de hacer entrega del inmueble, el arrendador se niega rotundamente a recibirlo por cualquier problemática que haya sucedido antes y durante la estancia del inquilino en el inmueble.

Según las normativas colombianas, específicamente la Ley 820 de 2003 de Arrendamiento y Vivienda Urbana, especial en el artículo 24, afirma que dada las condiciones, el arrendador tiene la obligación de recibir el inmueble, y bajo ninguna circunstancias se puede rechazar, en caso de ser lo contrario, el arrendatario puede hacer una especie de entrega provisional ante las autoridades que les compete dicho caso, es decir, ante un tribunal o alguna acción judicial.

¿De qué trata la entrega provisional?

Se trata de un método utilizado por los inquilinos para entregar provisionalmente el inmueble arrendado. El mismo tiene que hacerse obligatoriamente con ayuda de la autoridad competente para que puedan intervenir de la forma legal y correcta. Un ejemplo, es la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital de Hábitat.

El proceso se presenta a partir de luego de la solicitud del arrendatario para abandonar el inmueble ante las autoridades competentes, la misma debe ser escrita y regulada por la Ley 820 de 2003 de Arrendamiento y Vivienda Urbana de Colombia. Luego, las autoridades se harán cargo de solucionar el inconveniente previsto.

En dado caso de que el arrendador siga sin estar de acuerdo, el mismo puede acudir a realizar una demanda civil para hacer valer sus derechos, sobre todo, cuando se trata de locales comerciales.

¿Cuáles son los casos donde el arrendador toma la decisión de no recibir el inmueble?

Existen muchas razones para que el propietario no quiera recibir la propiedad. Pero, generalmente los motivos son:

Salir de la versión móvil