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Ley 820 de 2003: lo que todo arrendador debería conocer

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La Ley 820 de 2003 cumple la función del establecimiento de las directrices, condiciones y criterios básicos que deben seguir los contratos de alquiler de viviendas, por lo que esta ley abarca todos los aspectos de este tipo de contratos; desde las obligaciones del casero y el inquilino, las causales de terminación del contrato por parte del arrendador, hasta la fijación del canon de alquiler.

Contrato de arriendo

Un contrato de alquiler puede ser tanto oral como verbal, y la Ley 820 dictamina que, sin importar cual sea el caso, tanto el arrendador como el inquilino deben llegar a un acuerdo en ciertos aspectos, como los siguientes.

Deben establecer un precio y método de pago de forma específica, además de llegar a un acuerdo en lo que se refiere a relación del pago de servicios públicos, ya que estos servicios pueden ser pagados entre ambas partes o pueden correr por cuenta de una sola de las partes.

El contrato debe llevar el nombre completo y la identificación de quienes arrenden el inmueble, también debe especificarse la parte del inmueble que está siendo alquilada, y el precio concertado por ambas partes del negocio.

Deberes de ambas partes

El propietario del inmueble debe hacer entrega de la propiedad en la fecha acordada, en un óptimo estado y que todos los servicios públicos se encuentren a la disposición de quien arriende la vivienda. Y si el contrato es llevado a cabo de forma escrita, entonces tendrá que entregarse en un plazo de diez días una copia de determinado contrato con firmas originales al arrendatario y al codeudor.

Si la vivienda se encuentra bajo el régimen de propiedad horizontal, entonces el propietario tendrá que hacerle entrega al inquilino una copia de las normas del edificio y/o residencia

Además, el arrendador tendrá que pagar el alquiler en los plazos estipulados, además de que también deberá encargarse de los servicios públicos y otros posibles gastos. El inquilino debe encargarse del cuidado de la vivienda y lo que esté incluido en dicha propiedad (muebles, electrodomésticos, entre otros).

Y si alguno de estos objetos llega a ser estropeado o sufrir algún tipo de daño, el inquilino será el responsable de correr con los gastos de reparación.

Mensualidad del arriendo

El monto necesita ser establecido mediante un acuerdo entre las partes del contrato. E indiferentemente, el precio de un arriendo nunca podrá superar el 1% del valor comercial del inmueble (o de la parte que se alquila).

Y cada período de 12 meses, el propietario podrá incrementar el valor del alquiler bajo un porcentaje que no supere el incremento del índice de Precios al Consumidor (IPC).

Y en caso de que el canon de alquiler vaya a ser incrementado por el arrendador, el propietario tiene el deber de informarle al arrendatario de este aumento; además, el arrendador debe llevar a cabo esta notificación por escrito, con especificación del incremento y la fecha en la que este monto empezará a cobrarse.