¿Qué dice la Ley sobre el depósito de arriendo?

Ley sobre el depósito de arriendo

Muchas personas aún creen que es normal dejar un colchón financiero al arrendar un inmueble en Colombia. Sin embargo, la legislación vigente tiene reglas claras que todos —arrendadores e inquilinos— deben conocer. En este blog te contamos qué dice la Ley 820 de 2003 sobre el depósito de arriendo en vivienda urbana, qué está permitido y qué no, y cuáles son tus derechos y deberes en este tema.

¿Está permitido exigir un depósito de arriendo?

La Ley 820 de 2003, la cual regula el arrendamiento de vivienda urbana en Colombia, prohíbe expresamente en su Artículo 16 que los arrendadores exijan garantías para asegurar el cumplimiento del contrato de arrendamiento. Es decir, no se puede pedir dinero adicional, que asegure que el inquilino pagará puntualmente el arriendo o cuidará el inmueble.

Conoce qué dice el artículo 16, según la Función Pública de Colombia. 👇

Artículo 16

Artículo 16. «Prohibición de depósitos y cauciones reales. En los contratos de arrendamiento para vivienda urbana no se podrán exigir depósitos en dinero efectivo u otra clase de cauciones reales, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que conforme a dichos contratos haya asumido el arrendatario.

Tales garantías tampoco podrán estipularse indirectamente ni por interpuesta persona o pactarse en documentos distintos de aquel en que se haya consignado el contrato de arrendamiento, o sustituirse por otras bajo denominaciones diferentes de las indicadas en el inciso anterior.»

Ley 820 de 2003, artículo 16.

¿Hay alguna excepción?

¡Sí, para servicios públicos! El Artículo 15 de la misma ley establece que sí se puede exigir un dinero como respaldo para garantizar el pago de los servicios públicos domiciliarios, como agua, gas, luz, entre otros, si estos son asumidos por el arrendatario.

Servicios básicos en Colombia (agua, luz y agua)
Servicios básicos en Colombia (agua, luz y agua)

¿Cómo funciona este monto retenido?

El valor del pago anticipado no puede superar el equivalente a dos períodos consecutivos de facturación. Además, si el depósito no alcanza a cubrir el total adeudado, la empresa de servicios podrá iniciar acciones legales contra el inquilino para recuperar el saldo restante.

Una vez finaliza el contrato y si no hay deudas pendientes, la suma consignada debe ser devuelto al inquilino de forma completa. Es recomendable que este tipo de acuerdos queden estipulados claramente en el contrato de arrendamiento, especificando el valor, el destino del depósito y las condiciones para su devolución.

Preguntas Frecuentes

¿Qué sucede si el arrendador exige un depósito ilegal?

Si un arrendador solicita un monto como anticipo fuera de la excepción permitida, está incurriendo en una práctica ilegal. El arrendatario puede:

  1. Negarse legalmente a entregarlo.
  2. Solicitar su devolución inmediata.
  3. Reclamar ante las autoridades competentes, como la Secretaría Distrital del Hábitat o la Superintendencia de Industria y Comercio.

¿Qué pasa si el arrendador no devuelve la suma en custodio?

En caso de que ya hayas dado un depósito de arriendo y el propietario no lo devuelva al finalizar el contrato, el inquilino puede tomar las siguientes acciones:

  1. Solicitar formalmente la devolución.
  2. Acudir a la Secretaría Distrital del Hábitat o entidad local correspondiente.
  3. Interponer una demanda ante un juez civil si no hay respuesta o se niega la devolución.

¿Te han solicitado un depósito ilegal? Cuéntanos tu experiencia en los comentarios o compártelo para que más personas conozcan sus derechos al momento de alquilar una vivienda. 🏠⚖️

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