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¿Qué condiciones no deben faltar en un contrato de arriendo?

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Arrendar una vivienda no siempre resulta tan fácil, no se puede pensar en arrendar y hacerlo sin antes informarse acerca de todo lo que se debe considerar para alquilar.

El proceso de arrendamiento forma parte de un protocolo legal donde se firman contratos y se fijan cláusulas donde se describen aspectos como el pago del canon, la convivencia y los deberes para cada una de las partes vinculadas en esta transacción.

Cuando un propietario no está seguro de cómo poner en arriendo un inmueble, lo más aconsejable es que primero se asesore con un abogado inmobiliario que le indique paso a paso cómo llevar a cabo el proceso de arrendamiento y que también lo ayude a redactar un contrato con los requisitos necesarios que tiene el acuerdo contractual.

Para mantener el orden dentro de este proceso, es importante establecer algunas condiciones que no deben cambiar ni ser alteradas.

Duración del contrato

Establecer el tiempo que será ocupada la vivienda le ofrece la seguridad al propietario del inmueble de obtener ingresos por un periodo de tiempo de manera constante, del mismo modo es la forma en que el arrendatario tiene derecho a gozar de una propiedad a cambio de hacer un pago mensual, si no incumple con alguna cláusula del contrato, por eso, la ley ofrece plena libertad a las partes involucradas en el acuerdo para que negocien y pacten la duración que tendrá el contrato. Es importante saber que se puede llevar a cabo en periodos cortos o largos.

Fechas de pago

Las leyes señalan que en el arrendamiento el inquilino tiene que hacer un pago al dueño del inmueble por el goce del bien arrendado, a este valor se le conoce como canon de arrendamiento.

En el contrato es necesario especificar la fecha límite de pago, esto con el fin de mantener un control en cuanto a la recepción del dinero y esto se puede establecer de forma mensual, trimestral o semestral. En este mismo apartado, se deben incluir los recargos que se puedan generar en caso de incumplimiento del plazo establecido y adicionalmente, se deben informar sobre el aumento anual que se genera por el IPC.

Garantía o depósito

Las garantías son la seguridad del arrendador para recibir el canon de arrendamiento mensual por parte del arrendatario. De acuerdo con la Ley 820 de 2003, en el artículo 16 se establece que no se puede exigir depósitos de dinero en efectivo (ni por otro medio) u otro tipo de elemento real para garantizar que se cumplan las obligaciones que se adjudicaron en el contrato de arrendamiento. No obstante, la ley establece una excepción en el artículo 15, donde indica que el arrendador tendrá el derecho a exigir al inquilino que se garantice un depósito para el pago de los servicios públicos una vez finalice el acuerdo contractual.

Especificaciones de la propiedad

Generar un detalle de la propiedad, desde la dirección en la que se ubica, hasta un inventario del mobiliario y artículos del inmueble, es algo que se debe incluir en el contrato de arrendamiento. Es bueno incluir cualquier detalle pertinente en caso de que la propiedad sufra un año, ya sea a causas naturales o por parte del inquilino.

Autorización para subarrendar

Subarrendar es una práctica que se ha vuelto cada vez más común entre los arrendatarios. Esto lo hacen, generalmente, con el fin de compartir gastos para de algún modo solventar los pagos a fin de mes, sin embargo, en el artículo 2004 del Código Civil está estipulado que el inquilino no tiene derecho a subarrendar el inmueble ni parte de él, excepto que desde el inicio de la negociación del contrato, el dueño de la propiedad haya cedido su autorización.

El contrato de arrendamiento permite al arrendatario gozar de un inmueble, siempre y cuando se realice el pago mensual por el uso de la propiedad, por eso, conocer las cláusulas que hacen parte del acuerdo contractual es importante al momento de tener en cuenta la firma de responsabilidades.