Los bienes raíces en Colombia son negocios flexibles que permiten generar dinero sin muchas complicaciones. Existen cantidad de métodos y herramientas que permiten tener un ingreso por un determinado tiempo; un ejemplo claro de ello son las viviendas que suelen ser arrendadas con fines vacacionales y/o turísticos.
Este es un nuevo método que ha aportado ingresos adicionales a las personas que han invertido dinero y tiempo en los alquileres de viviendas turísticas, manteniendo diferencias con las viviendas vacacionales, ya que, en los últimos tiempos y gracias al desenvolvimiento social, económico y político que ha atravesado el país, el arriendo de las viviendas turísticas ha sido parte del crecimiento exponencial del mismo.
Una de las grandes diferencias entre un apartamento vacacional y una vivienda turística, es que la primera siempre se debe encontrar disponible para el uso de cualquier turista, mientras que la segunda sigue estando utilizada residencialmente, es decir, no siempre se encuentra disponible para el alojamiento de los turistas interesados, solo en temporadas o cuando su propietario lo desee.
¿Qué es una vivienda turística?
Son inmuebles, generalmente de uso residencial, pero que, en algunas temporadas del año, se utilizan de forma vacacional, prestando un servicio turístico para alojar a las personas que lo necesiten, por lo tanto, es una propiedad que comercializa o promociona sus espacios con un fin totalmente turístico.
Legalmente, esta acción se encuentra descrita en las leyes de servicio turístico colombiano, es decir, en el Decreto 2590 de 2009. Por lo tanto, bajo las perspectivas jurídicas, una vivienda turística es aquella en que: “toda persona jurídica o natural hace entrega de un inmueble donde el uso es totalmente turístico por no más de treinta días”.
También según el sector de Industria, Comercio y Turismo, adjunta que el inmueble, a pesar de estar destinado al uso turístico, también es visto como un ente residencial que posee una capacidad de una o más personas.
¿Qué se necesita para que una vivienda sea turística?
En primera instancia, debe cumplir con los requerimientos de las leyes que se relacionan con el comercio y turismo, y luego, optar por amueblar la propiedad de forma adecuada para la comodidad de los huéspedes. El inmueble debe contar con los siguientes espacios:
- Habitaciones en buenas condiciones. Con camas y armarios.
- Baños.
- Cocina.
- Sala.
- Comedor.
Ahora bien, si el inmueble se encuentra sometido bajo los reglamentos de propiedad horizontal, entonces el propietario debe guiarse por las normativas de la Ley 2106 de 2019, especialmente por el artículo 144, donde se expresa que se debe tener la confirmación de los copropietarios para poder ejercer dicha labor, además de informar a toda la administración residencial que le compete, y de ser aceptado, tiene que obligatoriamente estar registrado en el Registro de Turismo y Comercio.
Se considera que es muy buen negocio arrendar una propiedad con fines turísticos, sobre todo, cuando se trata de una vivienda residencial, ya que, no es esencial que se encuentre disponible en todas las fechas.