Si tu inquilino se fue de manera repentina sin avisar y dejó sus pertenencias en la propiedad, ¡tranquilo! Aquí te explicamos paso a paso qué debes hacer.
Ya sea que el arrendatario haya salido debiendo meses de arriendo o simplemente terminó el contrato y desapareció sin dar mayor explicación, existe un procedimiento legal para manejar los objetos personales que dejó. Te contamos cómo actuar correctamente. 👇
Pasos a seguir si un inquilino se va y deja sus cosas
¿Estás pensando en disponer del inmueble? ¡Alto ahí! Recuerda que existe un contrato de arrendamiento y, aunque no hayas logrado contactar a tu inquilino, él todavía mantiene ciertos derechos que debes respetar. Sigue leyendo y entérate de cuál es el procedimiento legal cuando un inquilino desaparece.
Revisión del contrato
Lo primero es revisar cuidadosamente el contrato de arrendamiento y asegurarte de contar con una copia. En algunos casos, el contrato incluye indicaciones específicas para situaciones como esta: plazos de espera, personas autorizadas o pasos a seguir.
Si el contrato no contempla este escenario, lo más aconsejable es solicitar la asesoría de un abogado. Él podrá orientarte en el proceso legal correspondiente para la restitución del inmueble.
Presentación de la demanda
Una vez confirmes que tu inquilino, o una persona autorizada por él por escrito, no pueden hacerse cargo de sus pertenencias, deberás iniciar una demanda de restitución del inmueble. Este procedimiento está contemplado en el artículo 384 de la Ley 1564 de 2012, conocida como el Código General del Proceso.
En la demanda puedes solicitar medidas de embargo sobre los bienes que hayan sido abandonados en el inmueble. Si el arrendatario presenta deudas pendientes —como el no pago de servicios públicos, cuotas de administración, cánones de arrendamiento u otros conceptos— es importante especificar el valor total adeudado por el cual se solicita el embargo.
De acuerdo con la normativa mencionada, si el demandado no presenta oposición dentro del plazo legal, la demanda será admitida automáticamente y el juez dictará sentencia ordenando la restitución del inmueble. A partir de ese momento, podrás disponer del bien.
Respecto a los bienes embargados, si se acredita que pertenecen a un tercero o existe una orden judicial previa sobre ellos, no podrás hacer uso ni disponer de los mismos. En ausencia de estas circunstancias, deberás acatar lo dispuesto en la sentencia. En la mayoría de los casos, el destino de estos bienes suele equipararse al del inmueble, por lo que podrán pasar a tu propiedad.
Recomendación
Estos casos suelen ser impredecibles, ya que no siempre es posible garantizar que el inquilino cumpla con sus obligaciones de pago ni anticipar situaciones que le impidan comunicarse con el arrendador. Por ello, es recomendable establecer condiciones claras en el contrato de arrendamiento. Asegúrate de incluir un contacto de emergencia autorizado para hacerse cargo de los bienes abandonados y asumir otras responsabilidades que puedan surgir en caso de ausencia del arrendatario.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días se da a un inquilino para que se vaya de tu casa?
El tiempo establecido por ley para desocupar un inmueble es de 3 meses después de la notificación por parte del propietario. Este plazo debe estar por escrito en el contrato de arrendamiento y cumplir con lo establecido en él respecto a tiempos de terminación y más. Esta información y más se encuentra en el artículo 22 de la ley 820 del 2003.
¿Cuándo se considera abandono de inmueble?
El arrendador puede considerar que el inmueble ha sido abandonado en caso de que:
- No sepa dónde se encuentra el arrendatario.
- No pueda contactarse con el arrendatario.
- Hayan pasado 15 días desde el vencimiento del pago del canon y este no haya sido cancelado.
Estos tres requisitos aplican para los casos en que el inmueble esté desocupado conserve mobiliario y otras pertenencias del arrendatario.
Ahora ya sabes qué hacer si un inquilino desaparece y deja sus pertenencias en el inmueble. Si deseas profundizar en el proceso de restitución de bienes en Colombia o tienes otras dudas antes de arrendar, te invitamos a explorar la sección Arriendo en nuestro blog, donde encontrarás información detallada y útil para cada etapa del proceso. ¡Hasta la próxima!
