En Colombia, el canon de arriendo de vivienda urbana está regulado por la Ley 820 de 2003, que establece límites claros para proteger tanto a arrendatarios como a arrendadores. Sin embargo, es posible que en algunas situaciones el incremento del arriendo supere lo permitido por la ley. A continuación, te explicamos qué hacer si te encuentras en esta situación.
¿Te pueden subir la cuota de alquiler?
Sí, en Colombia el propietario puede aumentar el canon de arrendamiento, pero dentro de los límites establecidos por la ley. Según el Artículo 20 de la Ley 820 de 2003, el aumento solo puede realizarse una vez al año y no puede ser superior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
Conoce el incremento anual de arrendamiento en Colombia. 🏠
Límite máximo del canon de arrendamiento
El Artículo 18 de la misma ley establece que el canon de arriendo mensual no puede superar el 1% del valor comercial del inmueble. Esto significa que, aunque el propietario quiera subir el arriendo, hay un tope legal que protege al inquilino.
¿Qué hacer si le suben al arriendo más del IPC permitido?
En caso de que le aumenten el canon de arrendamiento por valor superior al autorizado por ley, se recomienda seguir el siguiente proceso:
- Lo primero que se debe hacer, es comunicarse con el propietario para ponerse de acuerdo sobre el aumento, haciéndole saber que se está superando el límite autorizado por ley. De no lograrse un acuerdo al respecto, el inquilino deberá acudir a la Superintendencia de Registro y Comercio (SIC), para establecer una demanda por haberse superado el límite autorizado de aumento del arriendo, añadiendo el contrato, los recibos de pago del arriendo y la comunicación hecha por el arrendador.
- Revisar las cláusulas del contrato donde se establecen los aumentos autorizados del valor del arriendo y las condiciones pactadas en el mismo. En Colombia, los aumentos de arriendo están regulados por la Ley 820 de 2003, de acuerdo con el IPC del año inmediatamente anterior. Podrían presentarse excepciones, si se han llevado a cabo arreglos sustanciales en el inmueble que lo acrediten.
- Es fundamental, en caso de recibir un incremento superior al autorizado por ley, solicitar que este se haga por escrito, en caso de instaurar una demanda.
- Si el arrendador ignora la reclamación, el inquilino puede dar por terminado el contrato de arrendamiento de forma unilateral y no tendrá que pagar ninguna sanción, puesto que, el propietario está actuando fuera de la ley.
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Preguntas Frecuentes
¿Cuánto es lo máximo que puede incrementar la cuota del arriendo?
El pasado 9 de enero del presente 2025, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) anunció que el (IPC) para 2025 sería del 5,20%. Este porcentaje establece el límite máximo para el aumento de los cánones de arrendamiento en 2025.
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