Una de las cláusulas que más importancia se le adjudica al contrato de arrendamiento es el pago del canon mensual que el inquilino debe impartir. Pues se debe resaltar que es la principal causa de un arriendo en cualquier parte del mundo, ya que, el propietario ofrece su inmueble a cambio del interés prioritario. Por lo tanto, es una de las tantas responsabilidades que el inquilino debe cumplir de forma obligatoria.
No obstante, son muchos los casos en que el individuo a cargo incumple precisamente con dicho acuerdo firmando en el documento legal, lo cual forma un problema en la relación entre el inquilino y arrendador pues según la Ley 820 de 2003 de Arriendo y Vivienda Urbana exige como intercambio del uso de una propiedad cancelar una cantidad acordada, por lo tanto, lo hace un inconveniente no solamente de responsabilidad, ética y moral, sino también legal.
Pero, las leyes colombianas y algunas instituciones privadas, como parte de la debilidad de los arriendos, pensaron en solucionar dicho problema de dos formas:
- Responsabilizando a un fiador.
- Ajustándose a las normativas de un seguro de hogar que se responsabilice por el pago, mejor conocido como la pérdida de alquiler.
¿De qué trata la pérdida de alquiler?
Se trata de una cobertura que ofrecen muchos de los seguros en Colombia, también conocida como pérdida de alquileres, posee términos y condiciones que deben ser cumplidas por aquellos que prefieren solucionar con esta modalidad.
Entonces se trata de una cobertura que se responsabiliza por los pagos que no ha realizado el inquilino en el tiempo estimado y se concibe como un beneficio para el arrendador.
El pago por el alquiler del inmueble es fundamental en los intereses del arriendo, pues los arrendadores siempre tienen que darte utilidad a esa entrada de dinero adicional, bien sea como parte de inversión, para vivir o reunir. Por lo tanto, no puede ser visto como un favor, sino más bien como algo que a él le pertenece, por eso debe saber qué hacer cuando el arrendatario incumple el pago del canon.
¿Qué se debe tener en cuenta?
Claro está que este beneficio posee sus términos, políticas y condiciones, lo cual significa que el término de alquiler posee una duración máxima, es decir, no siempre se tendrá disponibilidad de utilizar dicha opción del seguro. Casi siempre, estos mismos dan el uso de un año o menos.
Evidentemente todo debe estar regido por la ley de arriendo de Colombia y también por las políticas que ofrece el seguro a contratar. Junto a ello se tiene que realizar un contrato donde se exprese:
- El tiempo.
- Condiciones.
- Forma de pago por parte del seguro.
Mientras tanto, paralelo a esta situación, el inquilino irresponsable puede ser sometido a una demanda por incumplimiento del contrato, donde el canon mensual ha sido ignorado durante un determinado tiempo. Por lo que las autoridades deben actuar para resolver dicho inconveniente.
Así que, bajo esta índole el arrendador puede resolver la llegada de su dinero mientras que el inquilino debe afrontar los problemas legales por no cancelar el pago correspondiente.