Son muchas las propiedades para arrendar que no aceptan mascotas por diferentes razones. Sin embargo, casi el 80% de la comunidad colombiana posee un perro o gato, que además, lo consideran como parte de la familia. Así que la búsqueda de viviendas que acepten sin problema alguno a las mascotas son pocas, ya que, es parte del acuerdo no tener consigo una.
Pero, lo que el mundo inmobiliario ignora es que no existe una ley específica que prohíba la estancia de mascotas en un inmueble para arrendar, siendo el mismo regulado por la sentencia T-035 de 1997 de la constitución colombiana. Donde se afirma que es un derecho aceptar la compañía animal, ya que es parte del desarrollo de la intimidad y querencia del inquilino.
Entonces, ¿es legal prohibir la compañía animal dentro de un inmueble para arrendar?
Según lo descrito anteriormente no existe ninguna ley que lo prohíba. Sin embargo, entre ambas partes se puede llegar y marcar pautas en relación al tema. Por lo tanto, como no existe una ley que argumente la prohibición explícitamente, no se le puede atribuir su legalidad o ilegalidad.
Por lo tanto, el arrendador puede prohibir el derecho a tener mascotas dentro del inmueble, pero esta decisión debe estar plasmada rigurosamente en el contrato que se desea firmar. Ahora bien, si en la cláusula no se redacta nada al respecto, entonces se puede convivir con la mascota tranquilamente.
Teniendo en cuenta que se debe tener responsabilidad rotunda ante el manejo y control de la mascota, es decir, no puede interferir con la contaminación auditiva u olfativa, así como también en los desechos personales como la orina o heces.
¿Y las mascotas peligrosas?
La ley descrita anteriormente hace cabida solo a perros y gatos. Sin embargo, en la Ley 820 de 2003 de Arriendo y Vivienda Urbana, describe que los animales no domesticados tienen prohibido el acceso a lugares públicos y privados. Ya que, los mismos no se encuentran dentro de su hábitat natural, siendo el dueño sentenciado por contrabandear animales peligrosos.
Algunas reglas de convivencia con mascotas
En todo momento con mascota o no se debe ser buen vecino. Pero en este caso, si se tiene un perro o gato, se deben tomar en cuenta ciertos criterios, aspectos y valores para evitar inconvenientes con los futuros vecinos, así que:
- Se debe cuidar al animal en todo momento, además de velar por su bienestar físico y emocional.
- En cualquier lugar que la persona y el animal se encuentre, tiene que recoger obligatoriamente los excrementos del animal. Son normas de bioseguridad establecidas por las leyes del Estado. Por lo tanto, no puede faltar las bolsas plásticas, agua, entre otros)
- Si la mascota realiza cualquier daño, el dueño tiene que hacerse cargo de ello, tanto de lesiones públicas o ajenas.
- No hacer ruido excesivo, mantener las normas de aseo dentro y fuera del inmueble, realizar actividades en lugares abiertos y espaciosos.
- Cuando se salga de paseo, todo animal debe tener una respectiva correa para controlar algún inconveniente.
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