¿El arriendo de un inmueble tiene IVA en Colombia?

Afecta el IVA a los arriendos en Colombia

en qué casos afecta el IVA al precio del arriendo

¿El arriendo lleva IVA en Colombia? La respuesta depende de una sola cosa: el uso que se le dé al inmueble. No es lo mismo una vivienda destinada a habitación que una oficina o un local comercial. Aquí te explicamos cuándo aplica este impuesto y qué debes tener en cuenta.

¿El arriendo de vivienda tiene IVA?

No. El arriendo de inmuebles destinados a vivienda está excluido de IVA en Colombia. Esto significa que el arrendador no puede cobrarlo, el arrendatario no está obligado a pagarlo y ninguna de las dos partes debe declararlo por este concepto. Es una exclusión que aplica de forma general para todo inmueble cuya destinación sea habitacional, sin importar si el arrendador es persona natural o jurídica.

¿Qué dice la ley?

El numeral 15 del artículo 476 del Estatuto Tributario establece que el servicio de arrendamiento de inmuebles para vivienda está excluido del IVA. La DIAN ha reiterado esta posición en múltiples conceptos y no ha dejado margen de interpretación: si el inmueble está destinado a vivienda, el arrendador no está autorizado para cobrar este impuesto bajo ninguna circunstancia.

Excluido ≠ Exento. Un servicio exento aplica tarifa del 0% y permite devolución de IVA. Uno excluido simplemente está por fuera del impuesto. El arriendo de vivienda es excluido.

¿El valor del arriendo cambia algo?

No. La exclusión aplica sin importar el valor del canon mensual. Un contrato de $500.000 o de $5.000.000 tiene exactamente el mismo tratamiento tributario si la destinación del inmueble es vivienda. En otras palabras, el valor del canon no determina si el arriendo lleva IVA en Colombia: el precio no convierte una operación excluida en una gravada.

¿Qué inmuebles en Colombia sí pueden tener IVA en el arriendo?

El arrendamiento es, por regla general, un servicio gravado en Colombia. La vivienda es la excepción expresamente consagrada en la ley. Todo inmueble destinado a actividades comerciales, empresariales o de servicios queda por fuera de esa excepción y entra al régimen general del IVA, lo que implica que el arrendador responsable del impuesto debe cobrarlo, recaudarlo y declararlo ante la DIAN.

Locales comerciales y oficinas

Tipo de inmuebleDestinación¿Tiene IVA?
Apartamento o casaVivienda❌ Excluido
Local comercialComercio o servicios✅ 19%
OficinaUso empresarial✅ 19%
BodegaAlmacenamiento comercial✅ 19%
ConsultorioServicios profesionales✅ 19%

¿Qué pasa si una vivienda se usa para un negocio?

Esta situación es más frecuente de lo que parece. Si un apartamento o casa se destina a una actividad comercial, como un consultorio u oficina, puede recibir un tratamiento tributario diferente al de una vivienda. Lo que define la aplicación del IVA no es la estructura del inmueble, sino su uso real. Por eso, antes de firmar el contrato, conviene dejar clara la destinación y consultar con un contador si existen dudas sobre el IVA en Colombia.

¿Cuánto IVA se paga por un arriendo?

La tarifa general del IVA en Colombia es del 19% sobre el valor del canon de arriendo mensual.

Ejemplo:

ConceptoValor
Canon mensual (oficina)$3.000.000
IVA 19%$570.000
Total a pagar$3.570.000

¿Quién debe cobrar el IVA?

¿Cómo saber si un arriendo debe llevar IVA?

Tres factores clave a revisar antes de firmar:

En resumen:

💡 Si tienes dudas sobre el tratamiento tributario de tu contrato, consulta con un contador público. Y si estás buscando inmueble en arriendo en Colombia, en Arriendo.com encuentras oferta verificada en las principales ciudades del país.

Preguntas frecuentes sobre el IVA en el arriendo en Colombia

¿El arriendo de una vivienda puede tener IVA?

No. Cuando el inmueble está destinado exclusivamente a vivienda, el arrendamiento está excluido de IVA, sin importar el valor del canon mensual.

¿Quién paga el IVA de un arriendo comercial?

Cuando corresponde cobrarlo, el arrendatario paga el IVA junto con el canon y el arrendador es quien debe recaudarlo y cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes. La obligación de cobrarlo también depende de la responsabilidad del arrendador frente al IVA.

¿Una persona natural debe cobrar IVA por arrendar un inmueble?

Depende de su responsabilidad frente al IVA y de la destinación del inmueble. Si se trata de una vivienda, el arriendo está excluido. En inmuebles destinados a actividades comerciales, una persona natural puede estar obligada a cobrar el impuesto si tiene la calidad de responsable de IVA.

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