Lo primero que se debe realizar al momento de alquilar un inmueble es buscar un abogado que realice un contrato basado en las Leyes 820 de 2003 que especifican las obligaciones y responsabilidades del inquilino y el propietario.
Es necesario saber que el principal deber del arrendatario es cancelar una cuota mensual, trimestral o dependiendo del acuerdo entre el arrendador y el inquilino para poder convivir dentro de la propiedad sin problema alguno. Además, el mismo debe mantenerse al día con las facturas de los servicios públicos y en dado caso, la administración.
Existe la posibilidad que en algún momento el arrendatario falle con las obligaciones requeridas, podría ser con un pago o varias cancelaciones. De ser esto un inconveniente por la falta de responsabilidad, la ley colombiana está presente siempre y cuando el propietario argumente y demuestre lo que está sucediendo. Así, el estado podrá intervenir en diferentes tipos de sanciones económicas, administrativas y jurídicas antes de suponer este hecho como una pérdida para el propietario.
Sobre las fianzas
Bajo la ley consagrada por el estado colombiano, específicamente la 820 de 2003, siguiere que al firmar el contrato de arrendamiento ambas partes adquieren obligaciones que deben cumplir. En este caso, se hablará sobre el costo y el pago mensual del alquiler de un inmueble. Así que, en el Código Civil existe el artículo 2361, que explica brevemente lo que es una fianza.
Según lo analizado en dicho artículo, la fianza es una obligación necesaria para los arrendamientos, puesto que la misma, tiende a responder la responsabilidad ajena en dado caso que el inquilino no pague la cuota de arredramiento. Sin embargo, el compromiso ante el acreedor debe ser cumplido si el deudor principal no cumple el acuerdo.
Servicios prestan las entidades de fianza
En Colombia existen diversas entidades que ayudan a proteger la inversión en vivienda del propietario, puesto que se encargan de asumir la posición del fiador y de cumplir la irresponsabilidad del inquilino. Dichas empresas son conocidas como “afianzadoras” y el objetivo principal del mismo es centrar contrato de arrendamientos y concesionar los inmuebles. Este tipo de empresas buscan asesorar a los propietarios para encontrar una tranquilidad y soluciones que presenten en cuanto a su propiedad.
Por ello, presentan diversos servicios buscando siempre la comodidad del cliente, por ejemplo:
- Pagos de arrendamientos: Casi hasta el 100% del valor mensual estipulado en el contrato, se harán cargo en caso de que el inquilino no pague
- Desembolsos de administración: La compañía ocupará el gasto en caso de que al arrendatario se le efectúa la cobranza.
- Cobertura de servicios públicos: Casi siempre la empresa de fianza propone abonar una cuota de dos meses para cubrir las deudas de los servicios.
- Apoyo jurídico: Si se presenta algún incumpliendo judicial, la empresa se hará cargo de ello.
¿Cuál es la manera para acceder a este tipo de compañías?
El propietario casi siempre posee el acceso al servicio de la afianzadora. Sin embargo, casi siempre la empresa exige que sea encontrado por medio de unas inmobiliarias afiliadas a la compañía.
Por lo general, cuando se quiere obtener el servicio, es necesario llenar un formulario y presentarlo ante los evaluadores de la compañía para determinar si el mismo posee o no los requisitos y no corra ningún riesgo de alquilar el inmueble.
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