Todo arrendamiento de cualquier tipo, bien sea, de vivienda urbana, locales comerciales, apartamentos turísticos entre otros, debe tener un contrato bien estructurado que describa las obligaciones, responsabilidades y leyes que regulen y se relacionen con los intereses tanto del arrendador como arrendatario. Es fundamental concretar el negocio a través de un contrato que certifique y valide los términos y condiciones de cada parte involucrada.
Sin embargo, no todos presentan la misma legalidad y vigencia ante las autoridades. Lo que conlleva a pensar ¿Cómo saber que es legal el contrato? ¿Es fácil identificarlo? Así que, resulta necesario investigar, analizar y conocer los aspectos correspondientes para verificar que el mismo sea en su totalidad, legal.
¿Cuáles son las claves a identificar?
1. Verificar por medio de instituciones competentes y con el permiso del arrendador sus datos personales.
2. Prestar atención y exigir el número de registro del inmueble. Sin importar el fin con el que se quiere arrendar, es necesario conocer si la propiedad se encuentra a nombre del arrendador y si la misma es legal dentro de las instituciones competentes.
3. Así como el arrendador exige referencias personales, el inquilino también puede exigir al propietario del inmueble que muestre referencias donde se adjunte que es una persona profesional, moral y éticamente correcta.
4. Las cláusulas contractuales deben ser puntuales y concisas en cuanto a los requerimientos que mantienen los intereses de ambos. Es decir, no puede presentar exigencias fuera del contexto legal y moral.
¿Cuáles son las cláusulas que debe tener un contrato de arrendamiento?
En todo contrato de arriendo debe existir:
1. Datos personales del propietario: se debe tener en cuenta que quien hace y firma el contrato es el mismo dueño del inmueble, no puede ser un tercero. A menos que exista una autorización.
2. Especificaciones concretas de la vivienda: en dado caso que presente algún daño también debe ser descrito. Por ejemplo, filtraciones, paredes agrietadas, entre otros.
3. El canon mensual de arriendo no puede ser ignorado: por ser parte de los intereses que posee el arrendador, el mismo debe establecer la cantidad, método y tiempo para cancelar la renta.
4. La duración del contrato es otro de los aspectos principales que debe tener un contrato: por lo general, cuando se trata de viviendas urbanas, lo mínimo es un año contractual. Sin embargo, puede ser más o menos acorde a lo que ambas partes quieran y estén dispuestas.
5. El permiso para subarrendar es fundamental: muchos inquilinos se toman la libertad de subarrendar sin tener la autorización del arrendador. Lo anterior, hace que esta acción sea ilegal según los requerimientos de la Ley 820 de 2003. Así que, si el propietario se encuentra de acuerdo con que el mismo subarriende, el inquilino puede hacerlo mientras exista un acápite en el documento legal.
6. Las posibilidades de hacer renovaciones en el hogar también deben ser descritas en el contrato: este es otro de los tantos problemas que pueden surgir por mala comunicación contractual entre las partes.
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