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Medidas para la culminación de contrato en locales comerciales

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Culminación de contratos comerciales

El Gobierno Nacional tomó unas nuevas medidas transitorias en el marco del proceso de emergencia dentro del cual nos encontramos en estos momentos, en cuanto a arrendamiento de locales comerciales, esto debido a que muchas empresas han reportado el hecho de no tener recursos para cubrir sus obligaciones, en razón del cerramiento a que han tenido durante el confinamiento obligatorio debido a la pandemia del covid-19, es así como es aprobada de manera temporal por parte de los arrendatarios la terminación de contratos de manera unilateral.

¿A quiénes son los que aplica estas medidas transitorias?

Estas medidas aplican para aquellos a quienes desde el 1 de Junio de 2020 a través de las instrucciones de orden público, no pueden llevar a cabo sus actividades o ejercer las siguientes acciones económicas. Esta medida aplica hasta el 31 de Agosto del año 2020.

  • Servicios de orden religioso que impliquen concentración o aglomeración de personas
  • Cines y teatros.
  • Piscinas, gimnasios, parques temáticos, parques infantiles, balnearios, spa, canchas deportivas.
  • Eventos de carácter público o privado donde impliquen concentraciones de personas.
  • Alojamiento y servicios de comida.
  • Bares, discotecas, billares, casinos, bingos.

Es importante establecer que para que los arrendatarios puedan acceder a esta medida, deben estar al día con todos los meses de arriendo incluidos los servicios públicos. Con estas medidas el gobierno sigue prestando apoyo a quienes aún no pueden abrir sus espacios comerciales y que quizás no puedan hacerlo este año.

¿Cuáles son las condiciones para que un arrendatario pueda terminar su contrato de manera unilateral?

El arrendatario al culminar su contrato deberá cancelar el valor que corresponde a una tercera parte de la cláusula penal establecida en él, sin añadir ninguna otra sanción aparte, es decir, si en el contrato está previamente contemplado que deberá pagar tres cánones de arrendamiento por la culminación anticipada, sólo deberá pagar una sola.

Si por el contrario el contrato no tiene establecido una cláusula penal, entonces debe cancelar un canon de arrendamiento. Estar al día con los pagos de servicios públicos y otras obligaciones a su cargo hasta la fecha de la terminación de contrato.