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Diferencias de contratos de alquiler entre locales comerciales y vivienda

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Todos los contratos de arrendamiento a pesar de que son para un mismo fin –alquilar- presentan diferencias que deben ser aclaradas para no cometer errores al momento de arrendar. Las diferencias de los mismos, se establecen a partir del código y la legislación que dicta una normativa diferente a la de la Ley 820 de 2003, una para alquilar establecimientos comerciales y la otra para arrendar vivienda.

Es necesario aprender a identificar las semejanzas y diferencias de estos tipos de contratos para que las personas no caigan en juegos de ilegalidad y estafas por firmar un contrato que no presenta los requerimientos necesarios y establecidos por la ley.

Es claro y evidente que tanto un local comercial como una vivienda urbana son categorías diferentes, una desarrolla un negocio que provee fines económicos y la otra es un lugar para habitar por un determinado tiempo. Por tanto, los contratos deben ser diferentes.

¿Cómo difieren ambos contratos?

Puesto que un local posee la obligación de cumplir una normativa específica para implementar un buen desarrollo de dicha actividad comercial, por su parte, la vivienda debe cumplir obligatoriamente todos los aspectos de habitabilidad y convivencia dentro de una urbanización. Por lo tanto, en ambos casos las tareas y los objetivos son diferentes y por consiguiente el contrato también.

Contrato de arrendamiento local y vivienda urbana

La diferenciación existe a partir de las normativas legales gubernamentales preinscritas en las leyes. En este caso, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece unas reglas tanto para los arriendos de vivienda como para el uso distinto de ellas. En la última menciona se incluyen locales comerciales e inmuebles que se consideren para arrendar fácilmente.

Así mismo, los contratos de locales comerciales son manejados a partir de los reglamentos de la Legislación Mercantil y el Código de Comercio colombiano, donde se incrementan las cláusulas contractuales que forman parte importante de los establecimientos de comercio.

Mientras que el arrendamiento de viviendas deben seguir lo establecido en la Ley 820 de 2003 que abarca toda la normativa de habitabilidad, convivencia, amueblamiento entre otras cosas.

¿Cuál es la duración?

Este es uno de los aspectos importantes para diferenciar ambos contratos de local comercial y vivienda. Por un lado, la ley sobre el contrato de alquiler de vivienda, establece que la durabilidad debe ser un acuerdo entre el arrendador y el arrendatario, sin embargo, se regula a mínimo 1 año de utilización de la propiedad.

Por el otro, la duración de tiempo para alquilar locales comerciales es establecida entre los negociantes, donde normalmente se efectúan por periodos largos, es decir, entre 5 y 7 años acorde a cada situación y el entendimiento entre ambos casos.

Entre derechos y deberes

En ambos casos la propiedad de inmueble debe ser presentada con buen aspecto y en condiciones óptimas tanto para vivir como para generar ingresos económicos mediante un local comercial. En las dos situaciones el garantizar un buen servicio de la propiedad ofrecida es responsabilidad del dueño.

Además, que el inquilino posee la responsabilidad de cumplir con las obligaciones que la ley establece para ambos casos. Y sobre todo, mantener en buenas condiciones el establecimiento o vivienda alquilada.