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Delito por el que un arrendador puede ser acusado al desalojar injustamente a un inquilino

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La irresponsabilidad, falta de respeto, la no cancelación del canon mensual puede convertirse en un gran problema entre el arrendador y arrendatario. Son aspectos que las partes incumplen ante el contrato de arrendamiento que se realizó. Para evitar dichos inconvenientes incensarios, una de las soluciones principales para cesar una problemática de arriendo, es desalojando al inquilino sin importar el contexto ni situación en la que se encuentre.

Sin embargo, cuando el arrendador toma dicha decisión, y desea hacerlo de la forma legal, siempre existen actitudes en la que se pone en peligro en relación al inquilino, es decir, tomando acciones inadecuadas que pueden perjudicar legalmente. Es por ello que todo arrendador debe conocer cuáles son los aspectos legales que un tribunal toma en cuenta a la hora de un desalojo de una vivienda, y, también conocer cuáles son los factores considerados como ilegales para evitar inconvenientes con las autoridades.

¿Cuáles son los delitos que un arrendador puede cometer al momento de desalojar a un inquilino?

No dar un aviso anticipado

Según la Ley 820 de 2003 de Arriendos y Vivienda Urbana de Colombia, exige que todo arrendador debe dar un aviso anticipado de al menos tres meses de adelanto al inquilino, si quiere que este desocupe el inmueble. No puede bajo ningún argumento botar al arrendatario de un día para otro. Ya que, se estaría infringiendo las normativas legales. Y, en dado caso de que el inquilino no quiera desalojar, lo más sensato es que se presenten ante las autoridades competentes para buscar una solución adecuada.

Cambiar las cerraduras

El arrendador no puede cambiar las cerraduras de los inquilinos, puesto que se estaría invadiendo la privacidad y obstaculizando el uso del inmueble que le corresponde hasta que caduque el contrato. De hecho, si el propietario acciona de dicha forma, el inquilino muy bien podría demandar su situación ante el tribunal.

Allanamientos

Uno de los tantos deberes de los arrendadores es que luego de haber firmado el contrato de arriendo, no pueden entrar al inmueble porque estaría cometiendo un delito sobre la invasión de privacidad del inquilino.

Violencia

Se debe recordar que la violencia posee diversas clasificaciones, tales como la física, verbal, psicológica y sexual. Por lo que el arrendador no puede ejercer amenazas, golpes, insultos, acoso de ningún tipo, entre otros.

No se puede exigir al inquilino abandonar su propiedad

La única forma en que esto es permitido, es que el arrendador posea una orden de desalojo autorizado por los tribunales.

La mejor solución para solventar problemas de desalojo es asistiendo de forma inmediata a las autoridades competentes. Si bien es cierto, los inquilinos pueden cometer sus fallas, y por obvias razones son desalojados. Pero, existe un proceso legal que debe ser cumplido a como dé lugar. Por consiguiente, es necesario dirigirse a un tribunal para la obtención de un orden de desalojo para el inquilino.

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